Dictar disposiciones generales de gobierno para su Facultad Regional.
Velar por la aplicación del Estatuto Universitario dentro del ámbito de cada Facultad Regional.
Proponer planes de estudios y sus modificaciones, en coordinación con los Departamentos de Enseñanza.
Aprobar, observar o rechazar los programas de desarrollo curricular que preparen los Departamentos de Enseñanza.
Autorizar los certificados de estudios para la expedición de títulos.
Dar destino a los fondos asignados a la Facultad Regional, fiscalizar el manejo que de los mismos efectúa el Decano, y rendir cuenta documentada a la Universidad.
Velar por la enseñanza y los exámenes, en forma directa, o por comisión, y recabar del Decano que informe sobre el nivel de formación y capacitación que obtengan los estudiantes.
Resolver en apelación las resoluciones del Decano en la aplicación particular de las Ordenanzas o Resoluciones de carácter general.
Sancionar a los profesores por falta en el cumplimiento de sus obligaciones, de acuerdo con la reglamentación que establezca el Consejo Superior.
Organizar el calendario académico de actividades de cada ciclo lectivo determinando fechas, orden y forma de inscripción a cursos, exámenes y demás requerimientos, dentro de las épocas y normas de carácter general dictadas por el Consejo Superior.
Presentar al Consejo Superior el proyecto de presupuesto anual de la Facultad Regional.
Fijar las condiciones de admisibilidad y de promoción de los alumnos de acuerdo con las normas generales reglamentadas por el Consejo Superior.